Sobre el Servicio
¿Qué es el servicio Centro de conciliación?
Un servicio destinado a resolver conflictos y disputas entre partes de manera amigable y eficiente, evitando el proceso judicial formal. La conciliación es un método alternativo de resolución de conflictos donde un conciliador imparcial ayuda a las partes en conflicto a llegar a un acuerdo mutuamente aceptable.
En este centro, se abordan diversos tipos de conflictos, como los comerciales, civiles, laborales, entre otros. El proceso es generalmente más rápido y menos costoso que los procedimientos judiciales tradicionales. El objetivo es facilitar un entendimiento y una solución que beneficie a ambas partes, promoviendo así una resolución pacífica y satisfactoria del conflicto.
El proceso de Conciliación solo es realizado presencialmente
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¿Cómo Conciliar?
¿Cómo inicio una conciliación ?
Requisitos a presentar:
Casos Familiares:
- Solicitud de conciliación firmada por el solicitante o solicitantes si es por mutuo acuerdo.
- Copia del DNI de ambas partes.
- Partida de nacimiento original de los hijos.
- Partida de Matrimonio.
Casos Civiles, Comerciales y Contrataciones con el Estado
- Solicitud de Conciliación firmada por el solicitante o solicitantes si es por mutuo acuerdo.
- Documentos que acrediten la solicitud.
- Copia del DNI del solicitante o solicitantes.
- Adjuntar la copia literal del poder en caso de representaciones.
¿Qué puedo conciliar en materia de Contrataciones con el estado?
Puedes concilar lo siguiente:
- Pago de deudas.
- Resolución de contrato.
- Ampliación de plazo.
- Recepción, Conformidad de obra o servicio.
- Liquidación contrato.
¿Qué puedo conciliar en materia Civil y Comercial?
Puedes Conciliar lo siguiente:
- Pago de deudas.
- Pago de alquileres.
- Indemnización de daños y perjuicios.
- Otorgamiento de Escritura Publica.
- Convocatoria a Junta o Asamblea
- División y participación de bienes.
- Ofrecimiento de pago.
- Interdictos, obligación de hacer, de no hacer.
- Resolución de contratos.
- Rectificación de áreas.
¿Qué puedo conciliar en materia de Familiar?
Puedes conciliar lo siguiente:
- Pensión de alimentos.
- Tenencia de hijos.
- Régimen de visitas.
- Aumento de pensión de alimentos.
- Reducción de alimentos.
¿Cómo conciliar por mutuo acuerdo?
Los conciliantes presentarán por mesa de partes de nuestra sede su solicitud firmada dirigida a nuestro Centro de Conciliación, adicionalmente, pudiendo ambas partes proponer el día y hora en que deseen celebrar la audiencia de conciliación. El tramite solo es de manera presencial y la solicitud debe estar firmada por ambas partes (solo cuando es de muto acuerdo)
Fijada la fecha y hora, se celebrará la respectiva audiencia y finalmente se expedirá el Acta de Conciliación correspondiente.
Tarifario de Conflictos Cuantificables y no Cuantificables
Conozca nuestra documentación
Reglamentos y Formatos