Certificado Único de Registro
Los interesados podrán acreditar su situación crediticia y/o la de terceros tales como personas naturales o jurídicas, con respecto a Protestos y/o Moras de Títulos Valores (letras, cheques, pagarés, warrants, facturas negociables, otros).
Certificado negativo
Certificado de regularizaciones
Certificado de anotaciones
N° | Solicitante | DNI | Certificado | Expira | Archivo |
---|---|---|---|---|---|
001 | Luis Angel Cabezudo Ñaupa | 21538374 | Certificado de regularización – CR-020/09-20 | 2020-10-29 | |
002 | Myrian Geovanna Muñoz Melendez | 40321060 | Certificado de regularización – CR-021/09-20 | 2020-11-07 | |
003 | Ana María Arroyo Huaman | 21530814 | Certificado de regularización – CR-023/09-20 | 2020-11-11 | |
004 | Doris Virginia Velasque Cupitay | 40088781 | Certificado de regularización – CR-024/10-20 | 2020-11-13 | |
005 | Catherine Del Rosario Gala Vargas | 72961250 | Certificado de regularización – CR-025/10-20 | 2020-11-19 | |
006 | Melchor Carlos Donayre Carpio | 21511533 | Certificado de regularización – CR-026/10-20 | 2020-11-20 |
Registro de Títulos Valores en Mora
A solicitud del interesado, se registran los títulos valores no sujetos a protestos y que a su vencimiento no han sido cancelados para ser publicados a nivel nacional.
Las personas que tengan documentos como letras de cambio, pagares, facturas negociables, entre otros que no le han sido cancelados a su fecha de vencimiento, podrán reportarlos al Registro Nacional de Protestos y Moras.
- Presentar DNI del solicitante.
- Presentar el título valor original a reportar.
- Deberá estar correctamente emitido o girado.
- El documento debe pertenecer a la jurisdicción de Lima.
- Deberá contener la cláusula especial «No sujeto a protesto” (Art. 87° de la ley 27287).
- No debe tener más de 3 años desde su fecha de vencimiento.
- A su anotación es sellado en la parte posterior en señal del Registro y devuelto al solicitante.
Pago por derechos del servicio S/ 25.00. - El solicitante podrá ser un tercero con la presentación de su DNI, para lo cual no requiere carta poder.
Regularización de Protestos o Moras
Si el usuario ha cancelado sus títulos valores protestados o en mora puede acudir a nuestras oficinas a regularizarlos, caso contrario, seguirán manteniéndose como deudas vigentes dificultándole su acceso al crédito.
Presentar el Título Valor protestado
Fotocopia del DNI o RUC del deudor
Pago de derechos
Importe del Título Valor
|
Costo por cada Título Valor
|
---|---|
Hasta S/500.00
|
S/25.00
|
De S/501.00 hasta S/5,000.00
|
S/30.00
|
De S/5,001.00 hasta S/10,000.00
|
S/40.00
|
De S/10,001.00 hasta S/20,000.00
|
S/50.00
|
De S/20,001.00 hasta S/30,000.00
|
S/60.00
|
De S/30,001.00 hasta S/40,000.00
|
S/80.00
|
De S/40,001.00 hasta S/50,000.00
|
S/90.00
|
De S/50,001.00 a más
|
S/110.00
|